- Fecha: 2 de octubre de 2021
- Medio: prensa.com
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Los partidos políticos contarán con una “válvula de escape” para no cumplir con la norma sobre paridad de género que contempla el Código Electoral. Así lo aprobaron los diputados durante el primer debate del proyecto de ley 544, de reformas electorales.
El pasado 29 de septiembre, la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional (AN) aprobó el primer y segundo bloque de modificaciones al proyecto de ley, el cual ha sido foco de controversia y ha generado críticas y protestas ciudadanas.
La paridad de género en las postulaciones a puestos de elección popular fue uno de los temas sensitivos que llevaron a los ciudadanos a las calles a protestar contra las modificaciones propuestas por diputados de la Asamblea Nacional.
Lo aprobado por la Comisión de Gobierno, si bien mantiene que se contemple la paridad de género como un requisito en las postulaciones de partidos políticos y de libre postulación, incluye un párrafo que hace una excepción: “en los casos en que la participación femenina, de manera comprobada por la Secretaría de la Mujer del Partido, sea inferior a la paridad”.
Este párrafo, el cual incluyeron los diputados de la Comisión en el proyecto de ley luego de la discusión en la llamada “mesa técnica” entre diputados y magistrados del Tribunal Electoral (TE), funcionaría como “una válvula de escape”.
Así lo describió el diputado independiente Juan Diego Vásquez, durante la votación de los primeros 150 artículos del proyecto 544.
Su intervención resultó en aplausos del público presente en la discusión, pues fue el único comisionado en hablar en contra de las modificaciones que trataban el tema de la paridad.
Tras la votación a favor de estas modificaciones, varias integrantes del Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos (Fonamup) salieron del encuentro tildando de “traidoras” a las diputadas que votaron a favor de mantener las excepciones a la norma. Mientras bajaban las escaleras del salón para retirarse, algunas manifestaron consignas de “no a la reelección”, dirigidas a aquellos diputados que avalaron el texto aprobado.
El tema de paridad se votó en el segundo bloque (que incluye del artículo 76 al 150 del proyecto de ley). Solo votaron en contra de la modificación Juan Diego Vásquez y el panameñista Luis Ernesto Carles. A favor votaron Víctor Castillo, Alejandra Ábrego (suplente de Roberto Ábrego) y Sara Montenegro (suplente de Crispiano Adames), del PRD; Corina Cano, del Molirena, y Marylín Vallarino y Hernán Delgado, de Cambio Democrático (CD). El perredista Benicio Robinson se ausentó.
Fonamup describe lo aprobado como “una aberración”. Asegura que la Comisión de Gobierno “desconoce y hace retroceder los avances logrados por las panameñas, hacia una democracia real y efectiva”.
Antes de la votación, el magistrado presidente del Tribunal Electoral, Heriberto Araúz, dijo que no apoyan los cambios que plantearon los diputados en relación a la paridad.
“La posición del Tribunal es que se mantenga lo propuesto en el proyecto de ley 544”, remarcó.
Consenso previo
La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), tras 15 meses en busca de consensos, pretendía con su propuesta blindar la paridad de género contra intentos de obviar el espíritu de la norma. En el proyecto de ley presentado a la Asamblea, se obligaba a que las nóminas fueran 50% hombres y 50% mujeres, y en listas, que se aplicara el mecanismo de alternancia (hombre-mujer o mujer-hombre).
Además, en circunscripciones uninominales, toda postulación deberá estar compuesta por un principal de un género y un suplente de otro género. Se planteaba en el proyecto de ley que los partido políticos postularan un 50% de hombres y 50% de mujeres del total de los cargos principales de diputados, alcaldes, representantes y concejales, correspondiente a cada provincia.
En caso de no cumplir con lo establecido “con la paridad y alternancia”, las postulaciones serían “rechazadas de plano”. Este último artículo también fue eliminado tras las modificaciones de los diputados.
Errores del pasado
La críticas a posibles obviaciones a la norma están basadas en la realidad. En el Código Electoral actual, el cual rigió durante las elecciones de 2019, ya se contemplaba la figura de la paridad de género. Sin embargo, al igual que con la propuesta actual, se podía dar la vuelta a la esencia de la norma con una carta de las secretarías de la mujer de cada partido.
Los datos de ese entonces evidencian que no se respetó la norma de paridad en muchos casos. Por ejemplo, en las candidaturas a diputado de los partidos políticos, solo 67 de un total de 390 principales correspondía a mujeres. Al contar las suplencias, solo un 27% de las candidatas totales eran mujeres.
Al dividirlo por alianza política, la que más se acercó al 50% fue la del Panameñista y el Partido Popular, con un escaso 33%. Esto los colocó apenas unos puntos porcentuales por encima de las alianzas de CD y el Partido Alianza (28%) y la del PRD y el Molirena (27%).
Incluso, provincias enteras como Herrera y Bocas del Toro, no contaban con ninguna mujer como candidata principal; en Herrara, solo dos mujeres estaban postuladas como suplentes.
En total, de las 67 mujeres que buscaron ocupar una curul como principales, 11 eran diputadas que aspiraban a la reelección.